jueves, 13 de octubre de 2016

Que hacer cuando recibimos notificación del correo y no es elegible para servicio Puerta a Puerta

Envíos a retirar en sucursal del correo para mercaderías cuyo peso sea mayor a DOS (2) kilogramos y/o valor mayor a DOSCIENTOS DOLARES ESTADOUNIDENSES (U$S 200).

1. El destinatario recibirá una notificación del correo a través de la cual se le informará que existe un envío a su nombre para retirar personalmente.

2. Una vez recibida la notificación ingresará, a través del sitio "web" de esta Administración Federal (http://www.afip.gob.ar), al servicio denominado "Envíos postales internacionales", utilizando su clave fiscal con nivel de seguridad 3, como mínimo. Asimismo, se le indicará el número de tracking asociado. Esta informacion esta mas ampliada en el servicio puerta a puerta en este mismo blog, es exactamente igual a este punto.

Dicho servicio permitirá acceder a un formulario de declaración simplificada en el que el ciudadano declarará el número de tracking, el valor y la descripción del/de los artículo/s recibido/s. y validará el registro. Una vez validado, se generará en forma automática un volante electrónico de pago (VEP) por los conceptos y valores que corresponda declarar.

3. El VEP podrá ser abonado dentro de las VEINTICUATRO (24) horas siguientes a su generación. Cumplido este plazo, se anulará.

4. En caso de no abonarse el VEP dentro del plazo de su vigencia, podrá generarse un nuevo VEP por número de tracking.

5. Efectuado el pago, el ciudadano deberá proceder al retiro del envío en la sucursal del correo que corresponda. No esta claro en que momento el correo nos informa donde tenemos que retirar, se supone que nos enviaran otro telegrama para informarnos. Tampoco esta explicado que pasa cuando uno no tiene una sucursal con asiento de la aduana cercana a su domicilio. En mi caso esta a 100 km la Aduana y no existe una oficina de correo que tenga asiento mas cercana.

6. De corresponder, previo a la liberación de la mercadería, el servicio aduanero exigirá una declaración jurada rectificativa ajustando los valores a la verificación realizada. Como resultado de este ajuste, se generará en forma automática un volante electrónico de pago (VEP) por los conceptos y valores que corresponda abonar adicionalmente, el que deberá ser cancelado en forma previa al retiro del envío.

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